Podrán solicitar certificaciones según el tipo, las personas siguientes:

  1. El titular de la inscripción.
  2. Los familiares: padres, hijos, hermanos, abuelos, nietos, tíos, conyugues o viudos.
  3. Los representantes legales.
  4. Otras personas interesadas que deben autorizar a recoger.

La efectividad de la entrega de la certificación depende de que el solicitante complete los datos sobre tomo, folio y registro civil, que se encuentran en el documento de identidad permanente de cada persona, en el caso del nacimiento.

Usted podrá solicitar los siguientes certificos, siguiendo este enlace

  • Certificación de nacimiento.
  • Certificación de matrimonio.
  • Certificación de defución.
  • Certificación de soltería.
  • Certificación de divorcio.

Entre otros certificos, además, usted puede solicitar:

Además podrá realizar estas solicitudes en línea y poder seguir el estado de su solicitud haciendo uso de de los siguientes códigos QR. descargar pdf aquí.

Escribir un comentario

Este sitio se reserva el derecho de la publicación de los comentarios. No se harán visibles aquellos que sean denigrantes, ofensivos, difamatorios, que estén fuera de contexto o atenten contra la dignidad de una persona o grupo social.Su correo electrónico no será publicado